El calendario 2026 de México ofrece más días de descanso obligatorio

Descubre el calendario laboral 2026 en México con 7 festivos obligatorios, puentes garantizados y el asueto extra por el Mundial. Conoce fechas SEP y el pago triple.

AL MOMENTO

El calendario laboral de 2026 se perfila como uno de los más favorables para los trabajadores mexicanos. La posición estratégica de varias fechas conmemorativas, especialmente el Día del Trabajo y Navidad, permitirá a la fuerza laboral gozar de más fines de semana largos de lo habitual. Este contexto favorable se suma a la posibilidad de un día de asueto adicional motivado por un evento deportivo de talla global, revelando un patrón de flexibilidad en las disposiciones laborales y educativas del país.

El calendario laboral 2026: más fines de semana largos y pago triple

A diferencia de otros años, donde solo se garantizaban tres puentes tradicionales, el calendario del 2026 ofrecerá dos adicionales debido a la ubicación de los días festivos obligatorios. Según la Ley Federal del Trabajo (LFT), los mexicanos contarán con siete días de descanso obligatorio, varios de los cuales caen en lunes o viernes, ampliando la posibilidad de pausas prolongadas.

Los 7 días festivos obligatorios y los puentes garantizados

De acuerdo con la legislación laboral vigente, estos son los días que los trabajadores tienen garantizados para el descanso:

  •  Jueves 1 de enero: Por Año Nuevo.
  •  Lunes 2 de febrero: Por el aniversario de la Constitución (fecha original: 5 de febrero). (Puente garantizado)
  •  Lunes 16 de marzo: Por el natalicio de Benito Juárez (fecha original: 21 de marzo). (Puente garantizado)
  •  Viernes 1 de mayo: Por el Día del Trabajo. (Puente garantizado)
  •  Miércoles 16 de septiembre: Por el aniversario de la Independencia de México.
  •  Lunes 16 de noviembre: Por el aniversario de la Revolución (fecha original: 20 de noviembre). (Puente garantizado)
  •  Viernes 25 de diciembre: Por Navidad. (Puente garantizado)

La colocación del 1 de mayo y el 25 de diciembre en viernes es lo que genera esos fines de semana largos adicionales a los tres tradicionales (Constitución, natalicio de Benito Juárez y Revolución).

Implicaciones laborales del descanso obligatorio

Los días feriados en México provocan frecuentemente cambios en los horarios de operación de servicios esenciales, como los bancos y el transporte público (Metro o Metrobús).

Si una empresa requiere que un empleado preste sus servicios en estas fechas, la Ley Federal del Trabajo (LFT) establece las condiciones que deben cumplirse:

  • Aviso previo: La empresa tiene la obligación de avisar con tiempo al empleado sobre la necesidad de laborar en el día de descanso obligatorio (artículo 72 de la LFT).
  • Compensación económica: El artículo 75 de la LFT detalla que el trabajador debe recibir su salario ordinario más un salario doble, lo que comúnmente se denomina “pago triple” por el día trabajado.
  • Sanciones por incumplimiento: En caso de que se incumpla con la compensación especial, la legislación contempla multas que van de 5,187 a 518,700 pesos, las cuales pueden ser impuestas por cada trabajador afectado.

El “puentecito” extra: el asueto por el Mundial 2026

Una fecha adicional que podría convertirse en día de asueto es el jueves 11 de junio de 2026, día programado para la inauguración del Mundial de fútbol.

  •  Ciudad de México (CDMX): Autoridades locales y federales han mencionado la posibilidad de que esta fecha se convierta en un día feriado en la capital del país. La decisión, que ya fue declarada para la CDMX, busca que los ciudadanos disfruten del evento y promover el turismo en la capital. No obstante, aún no se ha detallado si los trabajadores que deban presentarse a trabajar el 11 de junio también tendrán derecho al pago doble.
  •  Nuevo León: El gobierno estatal está analizando la posibilidad de declarar días de asueto durante los partidos que se celebren en Monterrey. El objetivo de esta medida es mejorar la movilidad en la ciudad durante dichas fechas, aunque los días específicos no han sido confirmados.

Calendario SEP: suspensiones y vacaciones escolares clave

Además de los festivos obligatorios de la LFT, la Secretaría de Educación Pública (SEP) define otras fechas que implican la suspensión de clases. Aunque estas fechas no son obligatorias para el sector privado, algunas empresas las otorgan a sus empleados.

Regreso a clases y periodos vacacionales

El regreso a las actividades educativas después del receso invernal de 2025 se da de la siguiente manera:

  •  Vacaciones de invierno: Comienzan el 22 de diciembre y terminan hasta el 6 de enero.
  •  Taller intensivo para directivos: Del miércoles 7 al viernes 9 de enero.
  •  Retorno a clases para alumnos: Lunes 12 de enero.

El siguiente periodo extenso de descanso corresponde a la Semana Santa y las vacaciones de primavera:

  •  Semana Santa: Lunes 30 de marzo a domingo 5 de abril.
  •  Vacaciones de primavera: Lunes 30 de marzo a viernes 10 de abril.

Días de suspensión no oficiales y Consejos Técnicos

La SEP también agrega días de suspensión de clases que coinciden con eventos cívicos o sindicales, además de los viernes dedicados al Consejo Técnico Escolar:

  •  Festivos no oficiales (suspensión de clases):
  •  Miércoles 5 de mayo (Batalla de Puebla).
  •  Viernes 15 de mayo (Día del Maestro).
  •  Lunes 2 de noviembre (Día de Muertos).
  •  Viernes de Consejo Técnico (suspensión de clases para alumnos):
  •  30 de enero.
  •  27 de febrero.
  •  27 de marzo.
  •  29 de mayo.
  •  26 de junio.

Otros días como el Día de las Madres (10 de mayo) y el día de la Virgen de Guadalupe y del empleado bancario (12 de diciembre) caen en día sábado en 2026.

Finalmente, el fin del ciclo escolar está marcado para el miércoles 15 de julio.

La discusión pendiente sobre más descansos

Si bien el calendario 2026 será generoso en fines de semana largos, existe un patrón histórico de resistencia legislativa a ampliar el número de festivos obligatorios. Aunque se han presentado diversas iniciativas en el Congreso de la Unión, provenientes de todos los partidos políticos, para sumar más días de descanso a la legislación laboral, ningún proyecto ha logrado prosperar hasta la fecha.

La disponibilidad de un mayor número de puentes en 2026, incluso un día extra por la inauguración mundialista, parece responder más a la casualidad de la fecha que a una reforma estructural promovida por los legisladores. ¿Podría la decisión de asueto por el Mundial sentar un precedente para que autoridades locales ejerzan más autonomía en la declaración de días de descanso, rompiendo con la rigidez de la LFT?

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Iliana Ruiz
Iliana Ruizhttps://noticiasactivas.com/
Directora Editorial, con más de 13 años de experiencia en marketing, comunicación estratégica y creación de contenidos, especializada en los sectores de Turismo y Economía. Ha liderado el desarrollo de estrategias editoriales orientadas al posicionamiento de marca, crecimiento de audiencias y generación de valor comercial, integrando análisis de mercado, storytelling y visión de negocio. Su experiencia abarca la planificación, producción y curaduría de contenidos multiplataforma, así como la coordinación de equipos creativos y la gestión de proyectos editoriales con enfoque en resultados, impacto y relevancia informativa.
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