Diputado Flores: proceso de desafuero de Alejandro Moreno, asunto exclusivo de Campeche

El diputado Hugo Erick Flores, presidente de la Comisión Jurisdiccional, ofreció detalles cruciales en entrevista para Heraldo Radio, durante el programa "El Dedo en la Llaga" con Adriana Delgado.

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El diputado Hugo Erick Flores, presidente de la Comisión Jurisdiccional, ofreció detalles cruciales en entrevista para Heraldo Radio, durante el programa “El Dedo en la Llaga” con Adriana Delgado. Abordó la solicitud de desafuero contra Alejandro Moreno Cárdenas, líder del Partido Revolucionario Institucional (PRI), enfatizando el ámbito y los requisitos de este procedimiento legal.

El proceso de desafuero en la Cámara de Diputados

Hugo Erick Flores aclaró que la Comisión Jurisdiccional tiene la facultad exclusiva de desaforar, es decir, de retirar el fuero constitucional a funcionarios que enfrenten una judicialización derivada de carpetas de investigación por parte de una autoridad competente. En el caso de Alejandro Moreno, el diputado señaló que existen cinco carpetas de investigación relacionadas con dos delitos presuntamente cometidos por el líder priista.

Recientemente, una nueva solicitud por “uso indebido de funciones y atribuciones” contra “Alito” llegó a la Cámara de Diputados. Flores explicó que los integrantes de la Sección Instructora están analizando la procedibilidad de esta solicitud. Se espera que a principios de septiembre, coincidiendo con el inicio del periodo ordinario de sesiones, se proponga al Pleno de la Cámara si la solicitud es aceptada para desahogar el procedimiento o si, por el contrario, se desecha.

Requisitos para la procedencia y el fuero de senador

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El diputado Flores reiteró que para que el desafuero proceda, deben cumplirse ciertos requisitos. Destacó una particularidad en el caso de Alejandro Moreno: algunas carpetas de investigación se iniciaron cuando era diputado federal, pero ahora ejerce como senador. Esto implica que, de ser necesario, se le tendría que retirar el fuero de senador, y no el de diputado.

Flores subrayó la importancia de acreditar la existencia de elementos suficientes para poder ejercer la acción penal, a pesar de que el fuero constitucional otorga inmunidad procesal al cargo.

Un asunto de jurisdicción estatal: Campeche

Un punto clave aclarado por Hugo Erick Flores es que el asunto del desafuero de Alejandro Moreno Cárdenas compete única y exclusivamente al Estado de Campeche. El diputado enfatizó que no se trata de un tema de carácter federal y que “no hay ninguna autoridad federal que esté solicitando la remoción del fuero constitucional”.

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En consecuencia, si el fuero fuera retirado, sería la Fiscalía Anticorrupción del Estado de Campeche la entidad facultada para llevar estas carpetas de investigación ante un juez y así continuar con el procedimiento legal. Esta distinción jurisdiccional es fundamental para entender el alcance y la naturaleza del proceso en curso contra el líder priista.

El proceso de desafuero de Alejandro Moreno Cárdenas, enfocado en su dimensión estatal, subraya la independencia de las autoridades judiciales de Campeche en la búsqueda de rendición de cuentas. ¿Cómo impactará esta delimitación jurisdiccional en el desarrollo futuro del caso y en la percepción pública de la justicia?

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