Ley 73 del IMSS: Cómo obtener un aumento en tu pensión en 2025

Ley 73 IMSS: Descubre cómo obtener un aumento en tu pensión en 2025. Requisitos, documentos y beneficiarios. ¡Maximiza tu jubilación!

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Si eres pensionado del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) bajo el amparo de la Ley del 73, una oportunidad de incrementar tu pensión podría estar a tu alcance. El secreto reside en las asignaciones familiares, un beneficio al que puedes acceder al agregar beneficiarios a tu pensión de Cesantía en Edad Avanzada o Vejez. Desentrañamos los requisitos y casos en los que aplica este aumento.

¿Eres elegible para un aumento en tu pensión del IMSS bajo la Ley del 73?

Las personas pensionadas bajo la Ley del 73 del IMSS tienen la posibilidad de recibir un incremento en su pago mensual a través de las asignaciones familiares. Este concepto se traduce en una ayuda económica destinada a cubrir los gastos y necesidades de los dependientes económicos del pensionado. El monto de este apoyo varía según el tipo de vínculo familiar.

Las asignaciones familiares están respaldadas por los artículos 138 a 140 Bis de la Ley del IMSS. Dichos artículos establecen que el pensionado puede recibir un porcentaje adicional de su pensión en función de los dependientes económicos que tenga acreditados ante el Instituto.

Requisitos para solicitar el aumento en tu pensión IMSS

Si estás interesado en obtener este aumento en tu pensión del IMSS, es fundamental cumplir con el requisito principal: tener dependientes económicos. A través de las asignaciones familiares, puedes acceder a un monto adicional que se suma a tu pensión base por concepto de cónyuge, hijos o padres que dependan económicamente de ti.

Es crucial tener en cuenta que este beneficio se aplica exclusivamente a los pensionados bajo el régimen de la Ley del Seguro Social de 1973, es decir, aquellos que comenzaron a cotizar antes del 1 de julio de 1997. Este pago adicional se realizará mensualmente junto con el monto regular de tu pensión.

¿Cuáles son los montos del incremento?

Los porcentajes en que se puede incrementar tu pensión son los siguientes:

  •  15% por esposa o concubina.
  •  10% por cada uno de los hijos menores de dieciséis años.
  •  10% por cada uno de los hijos de dieciséis y hasta veinticinco años, siempre y cuando estudien en planteles del Sistema Educativo Nacional y no estén sujetos al régimen obligatorio.
  •  10% por cada uno de los hijos del pensionado que no puedan mantenerse por sí mismos debido a una inhabilitación para trabajar por enfermedad crónica, física o psíquica. Esta asignación se pagará hasta que desaparezca la inhabilitación, sin importar la edad.

Es importante destacar que las asignaciones familiares se suspenderán en caso de fallecimiento de alguno de los dependientes, o cuando los hijos cumplan los 16 o 25 años, con excepción de aquellos que continúen estudiando y presenten la documentación correspondiente.

¿Qué sucede si no tienes hijos o esposa?

El IMSS establece que si el pensionado no tiene esposa, concubina, hijos o ascendientes que dependan económicamente de él, se le concederá una ayuda asistencial del 15%.

Es importante tener en cuenta que el porcentaje de asignación familiar para un beneficiario puede ser menor al indicado anteriormente si se presenta alguna condición descrita en el artículo 169 de la Ley del Seguro Social vigente hasta el 30 de junio de 1997.

Documentación necesaria para solicitar el aumento

Para llevar a cabo este trámite, debes acudir a las oficinas del IMSS. Este trámite es gratuito y el interesado deberá presentar los siguientes documentos:

  •  Para cónyuge o concubina:
  •  Identificación oficial de ambos.
  •  Acta de matrimonio o constancia de concubinato.
  •  CURP y comprobante de domicilio.
  •  Para hijos:
  •  Acta de nacimiento.
  •  CURP.
  •  Constancia de estudios si tienen entre 16 y 25 años.
  •  En caso de discapacidad, constancia médica del IMSS.
  •  Para padres dependientes:
  •  Identificación oficial.
  •  Comprobación de dependencia económica (declaración ante el IMSS o constancia notariada).

Este trámite se presenta en la subdelegación del IMSS que corresponda al domicilio del pensionado, mediante el formato oficial IMSS-01-007 (Asignaciones Familiares), disponible en el portal del IMSS.

¿Representa esta oportunidad de aumento en la pensión una verdadera solución para los jubilados, o es solo un parche en un sistema que necesita una reforma profunda?

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