La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha invalidado cobros indebidos de municipios en Coahuila relacionados con la extracción de hidrocarburos y gas, marcando un hito en la defensa de las facultades del Congreso de la Unión y los derechos de los ciudadanos. Esta decisión unánime protege el acceso a la información pública y sienta un precedente importante.
La Suprema Corte frena cobros municipales en Coahuila
En una sesión pública donde participaron nueve ministros, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) tomó una decisión trascendental: invalidó disposiciones de leyes de ingresos de Coahuila que establecían cobros por licencias para el funcionamiento y construcción de obras relacionadas con la extracción de hidrocarburos y gas.
- Esta resolución impide que los municipios invadan las facultades del Congreso de la Unión.
- Se reafirma que la regulación de estas actividades es competencia exclusiva del Congreso federal.
- El gas y los hidrocarburos son recursos estratégicos de dominio inalienable de la nación.
Inconstitucionalidad en cobros por información digitalizada
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La sesión también abordó acciones de inconstitucionalidad promovidas contra leyes de ingresos de municipios de Michoacán, Durango y Guerrero, que establecían cobros por información pública digitalizada. Los ministros invalidaron normas de 21 municipios de estas entidades.
Violación al principio de gratuidad
La ministra Loretta Ortiz destacó que el artículo sexto constitucional establece que la gratuidad es un principio esencial para garantizar el acceso a la información.
- El cobro por información digitalizada viola el principio de gratuidad.
- Impide cualquier forma de discriminación.
- Asegura que todas las personas, independientemente de su condición económica, puedan acceder de manera libre a datos públicos.
Postura de la Ministra Ortiz
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“Estoy a favor de declarar la invalidez de los preceptos impugnados relacionados con el derecho de acceso a la información… porque ha sido mi criterio que las disposiciones como estas que prevén cobros por la entrega de información digitalizada o en dispositivos magnéticos por hoja digitalizada o mediante CD o DVD resultan inconstitucionales por contravenir el principio de gratuidad que rige este derecho”, señaló Ortiz.
¿Continuarán los municipios buscando formas de generar ingresos a costa de los Derechos ciudadanos?