Apoyo para el Bienestar de Niñas y Niños: Todo lo que debes saber

Descubre el programa Apoyo para el Bienestar de las Niñas y Niños, Hijos de Madres Trabajadoras del Gobierno de México. Conoce sus modalidades, requisitos y montos de apoyo para familias vulnerables.

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En un esfuerzo por salvaguardar el bienestar de la niñez y juventud mexicana, el Gobierno federal implementó el programa Apoyo para el Bienestar de las Niñas y Niños, Hijos de Madres Trabajadoras. Lanzada en 2019, esta iniciativa busca proteger a quienes enfrentan vulnerabilidad por la ausencia parental, garantizando sus derechos sociales.

¿Qué es el programa apoyo para el bienestar de las niñas y niños, hijos de madres trabajadoras?

El Gobierno federal, en su compromiso con los grupos sociales más vulnerables, estableció el programa Apoyo para el Bienestar de las Niñas y Niños, Hijos de Madres Trabajadoras. Este programa, cuyo objetivo es mejorar las condiciones de vida y asegurar el ejercicio pleno de los derechos sociales de la población de 0 a 23 años de edad, se enfoca en aquellos en situación de vulnerabilidad por la ausencia de uno o ambos padres. Fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 28 de febrero de 2019, durante la administración del expresidente Andrés Manuel López Obrador. No obstante, el registro formal arrancó hasta el 15 de junio de 2020, incorporando inicialmente a habitantes de nueve zonas indígenas del país con un alto nivel de pobreza.

Este apoyo opera mediante dos modalidades distintas para abarcar diversas situaciones de necesidad:

  •  Apoyo para el bienestar de las niñas y niños, hijos de madres trabajadoras.
  •  Apoyo para el bienestar de las niñas, niños, adolescentes y jóvenes en orfandad materna.

Modalidad 1: Apoyo para el Bienestar de hijas e hijos de madres trabajadoras

Esta primera modalidad está dirigida a niñas y niños desde su nacimiento y hasta un día antes de cumplir los 4 años de edad. En el caso de menores con alguna discapacidad, el apoyo se extiende hasta un día antes de que cumplan los 6 años. Se enfoca principalmente en personas en condiciones de vulnerabilidad debido a la ausencia temporal o permanente de uno o de ambos padres, ya sea por no habitar la misma vivienda o por abandono en la búsqueda de mejores condiciones de vida.

Se otorga un máximo de tres niños por hogar, a excepción de nacimientos múltiples. Los recursos se depositan bimestralmente en la tarjeta del Banco del Bienestar con los siguientes montos:

  •  Para niños recién nacidos y hasta los 4 años: 1,650 pesos bimestrales.
  •  Para niños con discapacidad recién nacidos y hasta los 6 años: 3,720 pesos bimestrales.

Requisitos para el registro

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La Secretaría de Bienestar solicita los siguientes requisitos para los nuevos beneficiarios:

  •  Ser madre, padre solo o tutor de un niño recién nacido hasta un día antes de cumplir los 4 años de edad, o hasta un día antes de cumplir los 6 años en caso de discapacidad.
  •  Presentar una identificación oficial vigente en original y copia (madre, padre o tutor). Si el solicitante es menor de edad, se puede presentar pasaporte o acta de nacimiento.
  •  Acta de nacimiento del menor a inscribir.
  •  CURP del menor, de la madre, padre o tutor.
  •  Comprobante de domicilio reciente (agua, luz, teléfono, predial o constancia de residencia) en original y copia.
  •  Escrito libre bajo protesta de decir verdad de la madre, padre o tutor, señalando si trabaja, busca trabajo o estudia. Si está estudiando, debe presentar constancia emitida por la institución.
  •  Cartas de no afiliación al IMSS e ISSSTE (tramitables e imprimibles desde el portal de internet de las instituciones); no es necesario en caso de ser tutor.
  •  Para niños con discapacidad no visible, se requiere certificado médico original emitido por una institución pública de salud o un médico con cédula profesional.

Modalidad 2: Apoyo para menores en orfandad materna

Esta segunda modalidad brinda apoyo a niñas, niños, adolescentes y jóvenes desde su nacimiento y hasta los 23 años de edad que se encuentren en situación de orfandad permanente a causa del fallecimiento de su madre. Quienes se hacen cargo de los menores o jóvenes reciben los siguientes montos:

  •  De recién nacidos a los 15 años: 830 pesos bimestrales.
  •  De 16 a 18 años: 1,130 pesos bimestrales.
  •  De 19 a 23 años: 1,240 pesos bimestrales.

Requisitos para la inscripción

Los requisitos para acceder a este apoyo del Gobierno de México son:

  •  Identificación oficial de quien se responsabiliza de los menores en orfandad materna (credencial para votar, cédula profesional, pasaporte, cartilla del Servicio Militar o forma migratoria). Si el beneficiario es mayor de edad, puede realizar el trámite por sí mismo.
  •  Copia certificada del acta de defunción de la madre o acta de presunción de muerte, con una antigüedad máxima de 3 meses.
  •  Acta de nacimiento de cada uno de los hijos en orfandad materna, hasta los 23 años de edad.
  •  CURP del responsable y de cada uno de los hijos en orfandad materna.
  •  Copia y original de comprobante de domicilio con una antigüedad no mayor a tres meses (luz, agua, teléfono o predial).
  •  Carta responsiva en formato libre, firmada por la persona responsable, asumiendo el compromiso de un buen uso de los recursos.

Razones por las que se puede perder el apoyo

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Los beneficiarios de este programa pueden ser dados de baja de manera definitiva y dejar de recibir los recursos en las siguientes situaciones:

  •  Inconsistencias en los datos de identificación del beneficiario.
  •  No localización.
  •  Detección de posible duplicidad después de dos bimestres de pago.
  •  No presentarse a recoger su medio de pago.
  •  Irregularidad en el medio de pago.
  •  Cobro simultáneo.
  •  CURP en estatus de defunción.
  •  Baja por defunción.
  •  Inconsistencia de datos por incumplimiento a las Reglas de Operación.
  •  Transgresión al bienestar de las niñas, niños, adolescentes y jóvenes en orfandad materna.
  •  Cumplir la edad límite.
  •  Baja voluntaria.

El Apoyo para el Bienestar representa un pilar fundamental para la protección de la infancia y juventud en situaciones de vulnerabilidad. ¿Qué otras acciones son necesarias para garantizar plenamente los derechos de los más jóvenes y asegurar su desarrollo integral?

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