La Suprema Corte de Justicia de la Nación propuso revisar el criterio que impide reabrir juicios con sentencia firme, una acción que ha generado un choque inmediato con el Poder Legislativo. La Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados advierte que esta medida vulneraría principios fundamentales de la certeza jurídica en México.
El debate constitucional: ¿Se puede anular una sentencia firme?
El conflicto institucional escaló a raíz de la sesión del pasado 26 de noviembre. En dicha fecha, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) puso sobre la mesa la propuesta para revisar el criterio que históricamente ha impedido la reapertura de juicios con sentencia firme.
La iniciativa, impulsada por la ministra Loretta Ortiz, se justificó en el contexto de un amparo que busca anular un caso mercantil que ya había sido cerrado. La solicitud se basa en un presunto fraude procesal, lo que, según la justificación de la Corte, vulneró la seguridad jurídica.
El presidente de la SCJN, Hugo Aguilar, respaldó la propuesta argumentando que, si la cosa juzgada se alcanzó mediante acciones indebidas, la sentencia debe reabrirse. Esto permitiría evaluar si efectivamente existió acuerdo entre las partes o si hubo involucramiento de las autoridades.
La Jucopo exige no reabrir casos juzgados
Frente a la propuesta de la Corte, el Poder Legislativo se posicionó de manera contundente. El presidente de la Junta de Coordinación Política (Jucopo) de la Cámara de Diputados hizo un llamado “respetuosamente” a la Suprema Corte de Justicia de la Nación para que proceda con cautela ante propuestas que, a su juicio, contravienen las leyes establecidas.
El líder legislativo fue claro al señalar que:
- La Corte no puede reabrir asuntos que ya están resueltos.
- El reabrir casos afecta diversos principios que sustentan la certeza jurídica en México.
- Se generaría una dificultad y una clara muestra de no respetar la cosa juzgada.
Principios jurídicos en riesgo según la Cámara de Diputados
Según el análisis del Poder Legislativo, la intención de la SCJN de revisar sentencias definitivas amenaza el marco legal que tradicionalmente ha regido en el país. El presidente de la Jucopo precisó al exponer las implicaciones de aplicar la figura de la nulidad de juicio concluido:
> “Creo seriamente que la corte no puede reabrir asuntos que ya están resueltos. Creo que afecta al principio de definitividad, afecta al principio de cosa juzgada, afecta certidumbre y certeza jurídica y por eso, me parece que la nulidad de juicio concluido no puede aplicarse, rompe el principio de seguridad jurídica que tradicionalmente ha regido en México.”
Un doctor y profesor en Derecho Constitucional, que apoya esta postura, indicó que el sustento de la cosa juzgada, entendida como una institución jurídica procesal, se encuentra claramente establecido en la Carta Magna, específicamente en los artículos 14 y 17.
¿Invasión de competencias? El Poder Legislativo advierte
El presidente de la Jucopo también señaló que el tema de la Suprema Corte siempre ha sido un punto de tensión, con una lucha y una exigencia constante para que esta no invada la competencia del Congreso de la Unión y no exceda sus facultades y funciones.
La advertencia del Poder Legislativo es que solo el legislador ordinario y el poder reformador de la Constitución tienen la facultad de establecer principios de esta naturaleza, por lo que cualquier propuesta judicial que modifique la esencia de la cosa juzgada es vista como una extralimitación. Este conflicto subraya la delgada línea entre la interpretación de la ley y la creación de nuevos principios jurídicos que pudieran desestabilizar la seguridad jurídica nacional, poniendo en jaque el sistema legal.




