Miles de personas de la población trabajadora en México han recurrido a las plataformas digitales para cuestionarse si el próximo lunes 1 de septiembre es considerado como un día de descanso obligatorio y, en caso de ser así, cuánto dinero tendrían que cobrar por ofrecer sus servicios en un día feriado oficial. La inquietud surge ante la trascendental fecha, pues la Presidenta de la República Mexicana, Claudia Sheinbaum, ofrecerá su Primer Informe de Gobierno y participará en la toma de protesta de los nuevos ministros y ministras de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). Aquí te diremos qué es lo que dice la Ley Federal del Trabajo en torno a este tema.
¿Es el 1 de septiembre un día de descanso obligatorio?
Según lo estipulado en el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, el 1 de septiembre no está considerado como un día de descanso obligatorio. Por esta razón, todas las trabajadoras y trabajadores mexicanos que laboren durante esta fecha cobrarán su salario de manera habitual.
Próximo día feriado oficial y su pago
El mismo artículo de la Ley Federal del Trabajo indica que el próximo descanso obligatorio para la población trabajadora de México está contemplado para el martes 16 de septiembre, fecha en la que se conmemora el aniversario de la Independencia de la República Mexicana.
En el caso de los trabajadores que ofrezcan sus servicios el próximo 16 de septiembre, el artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo establece que tendrán derecho a recibir, independientemente del salario que les corresponde por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado. Esto significa que, al finalizar su jornada, deben cobrar un salario triple.
Calendario de días feriados restantes en 2025
Además del 16 de septiembre, el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo contempla tres días de descanso obligatorios para el resto del 2025, cuyas fechas y motivos se especifican a continuación:
- Martes 16 de septiembre por el aniversario de la Independencia de México
- Lunes 17 de noviembre en conmemoración de la Revolución Mexicana (20 de noviembre)
- Jueves 25 de diciembre por Navidad
¿Necesitas asesoría? contacta a profedet
Para finalizar, se recuerda que, en caso de tener alguna duda referente a los días de descanso obligatorio o cualquier otro tema en materia laboral, puedes comunicarte con la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet).
Puedes hacerlo a través de los teléfonos 800 911 7877 y 800 717 2942, o si lo prefieres, enviar un correo electrónico a la dirección [email protected], donde personal de la referida institución te brindará respuesta a tus inquietudes.
Mantente informado sobre tus derechos laborales para asegurar el cumplimiento de la Ley Federal del Trabajo y una justa remuneración por tu esfuerzo.