El aumento de las extorsiones telefónicas ha erosionado la confianza de los usuarios en México. Para frenar esta ola delictiva, la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) implementó un nuevo registro de líneas telefónicas 2026 obligatorio, vinculando cada chip con la CURP e INE del titular. Esta es una medida drástica para eliminar el anonimato, pero ¿qué consecuencias trae?
La estrategia de la CRT contra el anonimato delictivo
El servicio de línea móvil se ha expandido en todo el país, lo que ha permitido que gran parte de la población se mantenga comunicada mediante llamadas y mensajes de texto, además de acceder a plataformas de mensajería instantánea como WhatsApp. Si bien este crecimiento ha traído beneficios, también ha generado nuevos desafíos. En los últimos años, por ejemplo, ha aumentado la desconfianza debido a la creciente frecuencia de extorsiones telefónicas.
Con el objetivo de reforzar la identificación de los usuarios y recuperar la confianza en la telefonía celular, la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) desarrolló una nueva estrategia. Esta regulación está orientada específicamente a combatir delitos como la extorsión telefónica, eliminando el anonimato que facilita la comisión de estos crímenes.
A inicios de diciembre de 2025, la CRT anunció nuevos lineamientos para mejorar la identificación de las líneas móviles. Esta regulación busca vincular cada número telefónico a una persona física o moral.
Detalles de la nueva regulación y fecha de entrada en vigor
La Comisión Reguladora de Telecomunicaciones informó que esta medida entrará en vigor el 9 de enero de 2026. El registro será obligatorio tanto para las líneas nuevas como para las líneas ya existentes en el mercado.
El proceso es sencillo y requiere que los usuarios presenten documentación oficial. Esto permitirá que cada línea quede vinculada a un titular plenamente identificado, lo cual debe recuperar la confianza de los usuarios en el servicio.
¿Cuántas líneas se pueden registrar por titular?
De acuerdo con la nueva normativa emitida por la CRT, una persona física podrá registrar hasta 10 líneas móviles a su nombre.
Este límite podrá ampliarse en el caso de personas morales (empresas) o personas físicas con actividad empresarial, siempre que justifiquen la necesidad de un número mayor de líneas durante el proceso de registro.
Proceso obligatorio y protección de datos
Para formalizar el registro, los usuarios deberán acudir directamente con su operador telefónico. A partir del 9 de enero de 2026, los clientes de compañías como Telcel, AT&T o Movistar podrán realizar el trámite.
La documentación requerida es la siguiente:
- Personas Físicas: Deberán presentar identificación oficial vigente (INE o pasaporte) y la CURP.
- Personas Morales (Empresas): Deberán presentar, además de la documentación corporativa, su Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
Respecto a la seguridad de la información recabada, la autoridad aseguró que la seguridad de los usuarios está garantizada. La información será resguardada por los operadores telefónicos y tratada conforme a la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares.
Aunque la vinculación de cada línea a un titular identificado busca desmantelar la base delictiva de la extorsión telefónica, el reto real recae en la capacidad de los operadores, como Telcel, AT&T o Movistar, de resguardar millones de datos sensibles de los usuarios, incluyendo INE y CURP, bajo la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares. La pregunta clave es si este nuevo registro realmente erradicará el crimen, o si simplemente expondrá la información privada de los ciudadanos a nuevos riesgos.




