Una maniobra inusual ha puesto en jaque la capacidad sancionatoria del Instituto Nacional Electoral (INE). La renuncia del consejero Quintín Antar Dovarganes Escandón, señalado por hostigamiento sexual y laboral desde abril de 2024, impide al organismo electoral federal aplicar una sanción, abriendo un peligroso precedente de impunidad en los órganos electorales.
El precedente negativo tras la evasión de sanción
El Instituto Nacional Electoral (INE) lamentó públicamente no poder sancionar al consejero del Organismo Público Electoral de Veracruz, Quintín Antar Dovarganes Escandón, después de que fuera denunciado por actos de hostigamiento sexual y laboral desde abril de 2024.
La imposibilidad de sanción se concretó debido a que el funcionario presentó su renuncia al cargo. El consejero denunciado renunció el pasado 15 de septiembre, apenas un mes con quince días antes de que terminara oficialmente su encargo como funcionario del Organismo Público Electoral de Veracruz.
En la sesión plenaria de este jueves, 11 de diciembre de 2025, el tema escaló a una preocupación institucional generalizada en el seno del Consejo General.
La postura crítica de Carla Humphrey Jordan
La consejera Carla Humphrey Jordan, quien calificó esta acción como extraordinaria y grave, argumentó que, al renunciar el consejero, el INE se quedó imposibilitado de sancionar a la persona denunciada.
Humphrey Jordan enfatizó la diferencia entre el cese voluntario y la remoción por causa grave:
- “Aunque la finalidad es la misma, el cese de su función como consejero electoral no es lo mismo ser removido por una conducta de acoso y hostigamiento sexual que haber presentado su renuncia al cargo para evadir la sanción.”
La consejera advirtió sobre el riesgo de un precedente negativo para la actuación de futuros funcionarios electorales. Explicó que este escenario podría minar la rendición de cuentas dentro del sistema:
> “La situación que hoy se nos presenta quizá esté sentando un precedente negativo. Cualquier consejera o consejero puede cometer actos fuera de la ley que configuren alguna causal de remoción y, al presentar su renuncia, estarían evadiendo su responsabilidad, al menos electoral, mas no así las administrativas o penales”, agregó la consejera.
Fomentar la impunidad, el riesgo señalado por Dania Ravel Cuevas
Por su parte, la consejera electoral Dania Ravel Cuevas coincidió en la gravedad del hecho y expuso que el quedarse sin una resolución definitiva no le hace justicia a ninguna de las partes involucradas en la denuncia.
Ravel Cuevas argumentó que la falta de resolución, además de ser resultado de una tardanza no justificada, fomenta la impunidad institucional:
- Si las conductas fueran ciertas: “lo que estamos haciendo es fomentar la impunidad y no sancionando una conducta gravísima.”
- Si las imputaciones fueran falsas: Tampoco la persona “tiene esta certeza como para demostrar que las imputaciones que se le hicieron eran falsas.”
La consejera Dania Ravel Cuevas reiteró que el problema central es un tema de justicia y de la no ejecución de las facultades que posee el Consejo General del INE, situación que atribuyó a una “tardanza que no se justifica”.
La falta de una resolución contundente en el caso del consejero de Veracruz deja al Instituto Nacional Electoral en una posición compleja, exhibiendo los vacíos legales que permiten la evasión de responsabilidades bajo denuncias de hostigamiento sexual y laboral.




