Resolución del TEPJF sobre la portada nazi de Siempre! contra Sheinbaum

El TEPJF sanciona a la revista Siempre! por su portada con simbología nazi contra Sheinbaum. Conoce los argumentos, reacciones e implicaciones del fallo.
Resolución del TEPJF sobre la portada nazi de Siempre! contra Sheinbaum

Contexto de la portada polémica de Siempre!

A inicios de diciembre de 2023, la revista Siempre! publicó su edición No. 3678 con una portada altamente controversial. En ella aparecía una caricatura de Claudia Sheinbaum Pardo, entonces precandidata presidencial de Morena, con una esvástica en un brazalete rojo y la frase “¡No permitamos que gane!” en grandes letras.

Esta representación desató indignación en redes sociales, medios y diversos sectores de la sociedad mexicana. La comunidad judía, académicos y políticos de distintas corrientes condenaron el uso de simbología nazi en un contexto electoral. El Comité Central de la Comunidad Judía de México calificó la imagen como “condenable e inaceptable”, y Sheinbaum la consideró “infame” y un ejemplo de discurso de odio.

Denuncia de Morena y medidas del INE

Ante la polémica, Morena presentó una queja ante el Instituto Nacional Electoral (INE) contra la directora de Siempre!, Beatriz Pagés Llergo Rebollar. En respuesta, la Comisión de Quejas y Denuncias del INE ordenó retirar de circulación la edición impresa de la revista, argumentando que promovía discurso de odio y podía afectar la equidad electoral.

Pagés defendió su publicación, alegando que su intención era alertar sobre el “autoritarismo” de Morena, no agredir a la comunidad judía. Sin embargo, el debate se trasladó al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

Argumentos legales y resolución del TEPJF

El caso escaló al TEPJF, que en diciembre de 2024 resolvió que la portada de Siempre! constituía una falta grave. Entre los principales argumentos se destacó que:

  • Equiparar a Sheinbaum con el nazismo representaba un exceso no protegido por la libertad de expresión.
  • La imagen incluía un componente antisemita, dado el origen judío de la candidata.
  • La difusión del mensaje podía predisponer negativamente a la ciudadanía en el proceso electoral.

El Tribunal determinó que la publicación excedió los límites legales de la crítica política y ordenó sanciones contra Siempre! y su directora.

Monto de la multa y justificación

El TEPJF impuso una multa de $7,780.50 pesos a Beatriz Pagés y a la revista Siempre!. Aunque el monto es simbólicamente bajo, busca establecer un precedente sobre los límites del discurso político. Los magistrados enfatizaron que el fallo no es un acto de censura, sino una medida para garantizar que las contiendas electorales se desarrollen sin expresiones de odio.

Reacciones tras la resolución

Beatriz Pagés y oposición

Pagés rechazó la sanción y calificó el fallo como una “revancha política”. Afirmó que su intención no era incitar al odio, sino alertar sobre el peligro de un “régimen autoritario”.

Claudia Sheinbaum y Morena

Sheinbaum consideró el fallo una vindicación de los valores democráticos y un freno al uso de discursos de odio en política. Morena celebró la decisión como un paso para evitar “propaganda negra” en futuras elecciones.

Autoridades y sociedad civil

El INE y el TEPJF defendieron la resolución como una acción para proteger la equidad electoral y los derechos humanos. Organizaciones como Conapred y la comunidad judía en México elogiaron la medida, mientras que algunos opositores radicales la calificaron de “censura”.

Implicaciones legales y políticas

La resolución del TEPJF establece un precedente sobre los límites de la libertad de expresión en campaña electoral. Los puntos clave son:

  • Libertad de expresión vs. discurso de odio: Se reitera que la crítica política es válida, pero no puede incluir mensajes discriminatorios o calumniosos.
  • Responsabilidad de medios y actores políticos: Los medios deben ejercer mayor cautela en sus publicaciones, y los partidos evitar el uso de propaganda extremista.
  • Freno a comparaciones con regímenes genocidas: La resolución deja claro que equiparar a candidatos con el nazismo u otros sistemas totalitarios es inaceptable y puede ser sancionado.

En conclusión, el caso de la portada de Siempre! y su resolución por parte del TEPJF marcan un punto de inflexión en el debate sobre libertad de expresión y discurso de odio en la política mexicana. Más allá de la multa impuesta, el fallo sienta las bases para una contienda electoral más civilizada en el futuro.

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