Credencial de salud universal: Registro para personas con discapacidad cierra el 6 de junio

El registro para la credencial del Servicio Universal de Salud para personas con discapacidad y adultos mayores cierra el 6 de junio. Accede a atención médica y de urgencias en IMSS, ISSSTE e IMSS-Bienestar.

Credencial de salud universal: Registro para personas con discapacidad cierra el 6 de junio
Credencial de salud universal: Registro para personas con discapacidad cierra el 6 de junio

Hasta el 6 de junio, derechohabientes de la Pensión para Personas con Discapacidad y Adultos Mayores pueden registrarse para la credencial del Servicio Universal de Salud, que facilita atención médica y de urgencias en IMSS, ISSSTE o IMSS-Bienestar.

La credencial del Servicio Universal de Salud extiende su periodo de registro para los derechohabientes de la Pensión para Personas con Discapacidad y de los Adultos Mayores. Este documento fundamental permitirá el acceso a atención médica y de urgencias en clínicas y hospitales públicos del país, incluyendo instituciones como el IMSS, ISSSTE o IMSS-Bienestar.

Más allá de su función como identificación, la credencial integrará datos clínicos relevantes del derechohabiente, tales como el tipo de sangre y la clínica asignada. Se proyecta su vinculación a un expediente electrónico centralizado, posibilitando a cualquier profesional médico consultar el historial clínico completo del paciente de forma digital. El proceso de registro general se extenderá hasta el 14 de noviembre, con fases programadas durante la primera, segunda, tercera y cuarta semana de cada mes.

El programa Bienestar ha comunicado en sus plataformas oficiales: “Avanzamos hacia un sistema de salud más accesible, moderno y con atención digna para todas y todos. La Credencial del Servicio Universal de Salud facilitará la atención médica, ubicar servicios de salud y contar con un historial clínico digital.” La entidad reforzó este mensaje el 3 de junio de 2026.

El cierre del registro: apellidos bajo plazo crítico

El calendario de registro para la credencial del Sistema Universal de Salud establece un plazo específico del 1 al 6 de junio para personas con iniciales de apellido determinadas.

Este desglose es crucial:

  • Lunes 1 de junio: Apellidos que inician con A, B.
  • Martes 2 de junio: Apellidos que inician con C.
  • Miércoles 3 de junio: Apellidos que inician con D, E, F.
  • Jueves 4 de junio: Apellidos que inician con G.
  • Viernes 5 de junio: Apellidos que inician con H, I, J, K, L.
  • Sábado 6 de junio: Día reservado para rezagados.

Dónde encontrar los módulos: geografía del registro bienestar

El registro para la credencial del Servicio Universal de Salud se efectúa en los módulos bienestar distribuidos en 24 estados del país, aquellos que operan bajo convenio de universalidad. El horario de atención se extiende de 9:00 a 18:00 horas.

Según la información oficial de gob.mx/bienestar, los estados que participan son:

  1. Baja California
  2. Baja California Sur
  3. Campeche
  4. Colima
  5. Chiapas
  6. Ciudad de México
  7. Guerrero
  8. Hidalgo
  9. Estado de México
  10. Michoacán
  11. Morelos
  12. Nayarit
  13. Oaxaca
  14. Puebla
  15. Quintana Roo
  16. San Luis Potosí
  17. Sinaloa
  18. Sonora
  19. Tabasco
  20. Tamaulipas
  21. Tlaxcala
  22. Veracruz
  23. Yucatán
  24. Zacatecas

Prepara tus documentos: la lista para la credencial universal

El proceso para obtener la credencial del Servicio Universal de Salud comienza en la página gob.mx/bienestar. Los solicitantes deben seleccionar el banner “Credencial Servicio Universal de Salud”, indicar su entidad y municipio, y después activar “No soy un robot” antes de hacer clic en “Buscar” para visualizar los módulos cercanos.

Los requisitos esenciales para completar el registro son:

  • Identificación oficial vigente con fotografía, como credencial para votar, pasaporte, cédula profesional, cartilla del Servicio Militar Nacional o constancia de identidad.
  • Comprobante de domicilio con una antigüedad máxima de seis meses.
  • Número de teléfono de contacto.
  • Para menores de 18 años, la presencia obligatoria de la madre, padre o tutor es indispensable.
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